En
el encuentro celebrado en Cáceres en Febrero de 2000, en el seno del “ I
Congreso Ibérico Transfronterizo en Medicina de Urgencias y Emergencias –
Symposium Internacional Emperador Carlos”,
Este
decálogo marca la línea de actuación en Medicina de Urgencias y
Emergencias que deben ser claramente
identificada por la administración pública , los
profesionales y la sociedad. Define tanto derechos como deberes que afectan que
afectan a los profesionales y a los propios pacientes, para velar por la
calidad de la asistencia sanitaria urgente. Y, lanza ideales a los que todos
debemos aspirar y exigir hoy, en la era de la globalización, que fiel al
espíritu humanístico que la generó, como tal sea entendida, preservándose
siempre su carácter universal.
1.- La atención de urgencias
tiene un carácter puntual, no programable y se realiza en cualquier momento.
Atiende a sucesos de gravedad variable, objetiva o subjetiva, médica o social,
que alteran el equilibrio de salud del individuo o la colectividad, obligando a una actuación
rápida y eficaz, para prevenir un mal mayor.
2.- Es un derecho
fundamental de todo ser humano tener
garantizada la atención en urgencias, ya
sean objetivas o subjetivas, excepcionales o cotidianas, individuales o
colectivas, independientemente del lugar donde ocurran.
3.- El sistema sanitario
deberá garantizar cobertura universal, accesibilidad y disponibilidad en
atención de urgencias y emergencias, asumiendo una exigencia social que obliga
a tener prevista una respuesta
organizada, adecuada en tiempo, forma y lugar.
4.- Es un deber de los
ciudadanos la correcta utilización de los sistemas de urgencias y emergencias.
5.- Todos debemos velar por
asegurar una atención de calidad en todas las fases del proceso asistencial de
la urgencia, en condiciones de respeto a la dignidad de la persona.
6.- La medicina de urgencias
y emergencias tiene entidad propia con cuerpo teórico, marco práctico, demanda
social y realidad histórica demostrada, debiendo establecerse una denominación
común para todos los profesionales que ejercen en este ámbito, con definición
de un perfil que requiera una formación especializada.
7.- El sistema de respuesta
a las urgencias y emergencias debe ser único, integrado, conocido por la
población y que asegure la continuidad asistencial, evitando barreras y
desigualdades.
8.- Las Sociedades
Científicas de Urgencias y Emergencias
asesorarán a
9.- Es responsabilidad de
todos – Administración, ciudadanos y profesionales - lograr que el
reconocimiento y las condiciones de trabajo de los profesionales de la urgencia
y la emergencia garanticen en todo momento una correcta asistencia, basada en
la formación y la investigación.
10.- Se requiere un
planteamiento solidario que posibilite prever, prevenir, planificar e
intervenir en situaciones de urgencia, emergencia y catástrofe, superando
limitaciones sociales, conceptuales o administrativas.
En Yuste, a 12 de Febrero del Año 2.000